La
Ley 20.257, publicada en el Diario Oficial el 1 de abril de 2008,
obliga a las empresas generadoras eléctricas, con capacidad instalada superior a 200 megawatts, a comercializar un 10 % de energía proveniente de fuentes renovables no convencionales o de centrales hidroeléctricas con potencia inferior a 40.000 kilowatts, sean propios o contratados a partir del 1 de Enero del año 2010.
La obligación regirá para las generadoras que suministran energía al Sistema Eléctrico Interconectado Central, SIC, e Interconectado del Norte Grande, SING.
La normativa señala que este porcentaje exigido a las empresas eléctricas se logrará incrementando gradualmente el volumen de este tipo de energías , de forma tal que, entre los años 2010 y 2014 sea de 5%, incrementándose en un 0,5% anual a partir del 2015, hasta alcanzar el 10% el año 2024.
Las generadoras que no cumplan con esta obligación deberán pagar un cargo de 0,4 UTM por cada megawatts hora (MWh) de energía renovable no convencional no acreditado, el que aumentará a 0,6 UTM en los casos de empresas que reincidan en incumplimiento.
Se dispone además, que dichos cargos que surjan por el incumplimiento de una distribuidora se destinen a los clientes finales de las distribuidoras cuyos suministros hubieren cumplido la obligación prevista , estableciendo un sistema de incentivos que favorece la competencia en el mercado eléctrico.
La ley señala que las Energías Renovables No Convencionales (ERNC) corresponderán a centrales hidroeléctricas pequeñas (menos de 20 MW de potencia máxima), y a proyectos que aprovechen la energía de la biomasa, la hidráulica, la geotérmica la solar, la eólica, de los mares, entre otras.
La noticia no fue del gusto de las eléctricas.
Un fuerte lobby realizan las empresas del sector eléctrico chileno, anteponiéndose a la ya débil ley que obliga a las generadoras a suministrar 8% de sus ventas anuales con energías no convencionales. 5% hasta el 2014 y 0,3 % todos lo años hasta el 2024, y desde ese año 8%.
Si bien para muchos sectores las cifras son irrisorias, por lo bajo de las exigencias, las eléctricas han contratado estudios para demostrar que ese exigencia no debiera hacerse, y por ende seguir produciendo energía bajo los métodos tradicionales.
Uno de ellos pertenece a Alex Galetovic
, un experto chileno en el área de tarificación eléctrica.
En el siguiente documento , explica sus razones a través de un estudio contratado por AES , una de las principales empresas eléctricas de Chile.
Ver doc aqui…. galetovic_munoz_energias_renovables
Dejo esta info para iniciar una conversación.
[...] En Ecodesarrollo encuentro esta interesante opinión sobre la Ley chilena de Energías Renovables que tuvimos oportunidad de analizar ayer , aqui. [...]